Este trámite depende de: Juzgado de Policía Local
Multas de Tránsito
Usted podrá pagar en forma anticipada, acogiéndose al beneficio establecido en Artículo 22 de la Ley Nº 18.287, según el tipo de la infracción (grave, menos grave y leve), el valor se reduce en un 25% del rango mínimo, si el infractor lo paga dentro de los cinco primeros días, contados desde el día siguiente de la fecha de la infracción incluido el día sábado.
En caso de no poder acudir al municipio la fecha de citación, el sitio dispone de cada una de las multas ya sentenciadas por el Juez, las cuales no se encuentran afectas al descuento antes mencionado.
- Sólo multas que cursadas en la comuna.
- Que aún no hayan sido enviados al Registro de Multas no Pagadas.
- Se debe conocer la placa patente del vehículo que mantiene multas.
No se requieren documentos adicionales para este trámite.
Depende del valor de la multa